Si has comprado un coche nuevo en el periodo comprendido entre febrero de 2006 y agosto de 2013 de las siguientes marcas “Chevrolet, Honda, Mercedes, Opel, Seat, Audi, Volkswagen, Toyota y Lexus´´ probablemente seas uno de los afectados del cártel de coches.
Según la resolución dictada en 2015 por la CNMC, ha quedado acreditada la infracción de la Ley de Defensa de la Competencia por parte de las marcas de coches al haber adoptado acuerdos colusorios de restricción de la competencia. El Tribunal Supremo está ratificando dichas condenas para cada una de las marcas.
Por este motivo, PUEDES RECLAMAR HASTA EL 20% DEL SOBRECOSTE PAGADO EN LA COMPRA DE SU COCHE, ASÍ COMO LOS INTERESES LEGALES.
¿Quiénes pueden reclamar?
Todas las personas que hayan adquirido un vehículo de la siguiente manera:
- Quienes realizaron compraventa de coches nuevos y usados entre los años 2006 a 2013
- Quienes adquirieron coches mediante Leasing o Renting.
¿Qué pasa si el coche es de los fabricantes SEAT, AUDI Y VOLKSWAGEN?
En el 2013, Seat, Audi y Volkswagen, se presentaron ante las autoridades de competencia nacionales para auto incriminarse y hacer lo propio con los otros fabricantes, es por eso, que se acogieron al programa de “Clemencia” ante la CNMC, lo que favoreció a los mismos eximiéndolos del pago de la multa ante la CNMC. Sin embargo, no se encuentra exentos del pagó por el sobrecoste a los clientes, es por ello que se puede realizar actualmente la reclamación en solidaridad a los demás fabricantes.
¿Existe algún riesgo en iniciar un proceso legal de este tipo?
No, ya que si se gana podría recuperarse hasta el 20% del precio de compra del coche y en caso de perder no existirá el pago de costas para el cliente, esté solo tendrá la obligación de aportar la documentación que confirme que se realizó la compra del coche entre las fechas antes señaladas y precio que pagó por el mismo.
¿Qué documentación necesitas para reclamar?
- Factura de compra
- Contrato de Compraventa
En caso de no contar con dicha documentación, debes acreditar con otra documentación la compra del coche, el periodo de la compra y cuánto pagó tales como:
- Modelo 576 (El impuesto de matriculación, que puede ser emitido por Hacienda).
- Factura del concesionario
- Certificado del concesionario
- Justificante de la financiación o pagó total bancario
Para saber si has sido afectado, no dudes en ponerse en contacto con nosotros a través de nuestro correo electrónico clientes@easytelecomlaw.com o mediante los teléfonos: 693231421 / 910 059 807