Los procedimientos de desahucio cuyas demandas se hayan interpuesto en el transcurso del estado de alarma o aquellas nuevas que se pretendan interponer por el arrendador en adelante, bien sea por incumplimiento contractual por falta de pago de la renta o debido a la terminación del contrato, se reanudarán y/o tramitarán a partir del 4 de junio de 2020, siendo ésta la fecha del levantamiento de plazos y términos procesales tal y como lo establece el artículo 8 del Real Decreto 537/2020 por el que se acuerda alzar la suspensión con efectos desde el 4 de junio de 2020 de los plazos procesales.
Si usted se está en una situación de VULNERABILIDAD económica y social provocada por esta crisis del Covid-19, y se encuentra en un procedimiento de desahucio o desea iniciarlo, puede contactar con nuestro equipo quien con gusto podrá asesorarle con mayor detalle y ajustado a sus necesidades.