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Sí la autorización que te habilita a permanecer en España para realizar estudios con el fin de obtener un Título o Certificado ESTA PRÓXIMA A VENCER o ya ha vencido, y quieres o necesitas, permanecer en el país para continuar con los mismos o para realizar tus prácticas curriculares (no laborales) o continuar tus servicios de voluntariado, puedes solicitar “Prorroga de tu autorización de estancia por estudios”.

¿Qué tipo de autorización exactamente debo solicitar?

Debes solicitar lo que Extranjería denomina “Prórroga de autorización de estancia por estudios, intercambio de alumnos, practicas no laborales o servicios de voluntariado”.

¿Cuáles son los requisitos que debo cumplir?

Los requisitos son los siguientes:

  1. Ser ciudadano de un país tercero a España y a algún Estado miembro de la UE. 
  2. No tener antecedentes penales en España ni en los países anteriores donde hayas tenido residencia durante los últimos cinco años.
  3. Tener medios económicos suficientes para sufragar tus gastos de estancia y de regreso a tu país de origen.
  4. No figurar como “rechazable” en el espacio territorial de los países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
  5. Tener un seguro público o privado de enfermedad concertado con una Entidad aseguradora autorizada para operar en España.
  6. Acreditar que sigues reuniendo los requisitos específicos en relación con los estudios para los cuales te fue concedida la autorización para permanecer en España que deseas prorrogar.
  7. Haber superado las pruebas para la continuidad de tus estudios, o continuar con las prácticas no laborales o continuar los servicios de voluntariado. 

¿Cuánto tiempo tengo para solicitar la prórroga de mi estancia por estudios?

Puedes solicitar la prórroga de tu estancia por estudios DURANTE LOS 60 DÍAS NATURALES PREVIOS a la fecha de expiración de la vigencia de tu autorización actual. 

Igualmente, podrás que presentar dicha prórroga dentro de los 90 días naturales posteriores al vencimiento, sin perjuicio de la incoación del correspondiente procedimiento sancionador.

¿Debo pagar alguna tasa por la solicitud de prórroga de estancia por estudios?

Efectivamente, debes abonar la tasa correspondiente una vez que tu solicitud haya sido admitida a trámite.

¿En cuánto tiempo puedo tener mi prórroga aprobada?

De acuerdo con Extranjería en el plazo de 3 meses contados a partir del día siguiente a la fecha en que haya tenido entrada tu solicitud en el registro del órgano competente para la tramitación.

Es importante que sepas que los tiempos de Extranjería no son exactos y suelen cambiar debido al volumen de solicitudes presentadas, pero por la experiencia que tenemos podrías tener la resolución de la prórroga de tu autorización de estancia por estudios en un plazo de 5 meses aproximadamente desde la presentación de tu solicitud.

Si soy menor de edad ¿cómo debo hacer? 

Además de reunir los requisitos antes mencionados, tus padres o tutores deben presentar en tu nombre y representación la solicitud de prórroga de estancia por estudios. Igualmente, deberán acreditar los medios económicos suficientes para tu sustento y manutención durante la estancia en el país.

Ahora bien, sí tus padres o tutores no se encuentran en España, éstos deberán emitir una autorización para que puedas estudiar en el centro, organización, entidad y organismo responsable de la actividad, indicando el periodo de estancia previsto para realizar la misma.

¿Puedo solicitar la prórroga de la estancia de los familiares que me acompañan mientras realizo mis estudios?

Sí, puedes solicitar la autorización de la prórroga anual de la estancia de los familiares que te acompañan mientras realizas tu estudios, investigación, prácticas no laborales o servicios de voluntariado.

Si deseas más información sobre este tema, escríbenos en clientes@easytelecomlaw.com o llámanos al número (+34) 693 231 421 y cuéntanos tu caso o lo que necesites, que con gusto ¡TE AYUDAREMOS!