Como lo hemos indicado en varios de nuestros artículos, nuestra recomendación inicial siempre será revisar el contrato y las condiciones del mismo. Así, una vez identificados sus derechos, se podrá optar entre solicitar la cancelación y reembolso del dinero, el cambio de fechas; o negociar con la empresa otras alternativas sin que se vea afectado.
Una de las cosas a tener presentes, es que debido a la que la paralización de las actividades de recreación y ocio por fuerza mayor debido a la Pandemia por el Covid-19, las empresas no pueden cobrar tasas, ni penalizar por la cancelación de los servicios contratados.
Asimismo, que muchas de estas empresas actúan como intermediarias, por lo que si se encuentra ante dicho supuesto, podrá optar a solicitar (a) el reembolso por el importe que le corresponda; o (b) utilizar un “bono” que le ofrecerá el organizador o minorista, y que podrá disfrutar en el período de un año desde la finalización del estado de alarma, pero sin perder el derecho a reclamar el reembolso del dinero en caso de no disfrutarlo, tal y como el Real Decreto-ley 11/2020, lo estipula en las Medidas de protección a los consumidores.
Para mayor información puede contactar con nuestra firma de abogados para concertar una reunión telefónica. Para nosotros será un gusto poder ayudarle.